Cambios Legislativos en Impuesto de Inmuebles – Panamá

Cambios Legislativos en Impuesto de Inmuebles – Panamá

 

Estimados clientes,

 

Con el propósito de mantenerlos informados de los últimos cambios propuestos y aprobados en las jurisdicciones que ofrecemos para la incorporación de vehículos societarios y fiduciarios, por este medio les ponemos en conocimiento de que en Panamá, fue aprobada la Ley 49 del 11 de septiembre de 2018, “Que modifica el Código Fiscal y la Ley 66 de 2017, sobre materia de impuesto de inmuebles, y dicta otras disposiciones”, ya cual entró en vigencia el 12 de septiembre de 2018.

 

Las novedades y cambios más importantes contenidas en el mismo son básicamente los siguientes:

 

Se concede un periodo de moratoria para el pago de los siguientes impuestos, a los cuales se eximirá de los intereses, multas y recargos siempre que se paguen antes del próximo 31 de diciembre de 2018:

 

a. Impuesto de inmueble;
b. Tasas Únicas de Sociedades y Fundaciones de interés privado, incluyendo multas por reactivación;
c. Cuotas obrero-patronales para empleadores de la Caja del Seguro Social.

 

Otro de los cambios importantes incluidos en la Ley comentada, es que DEROGA el artículo 9-A de la Ley 2 de 2011, que establecía la obligatoriedad aportar el consentimiento y paz y salvo del agente residente, para procesar el cambio del mismo en el Registro Público de Panamá, por lo cual ya no es necesario recibir dicha certificación para realizar los cambios de agente residente en sociedades o fundaciones de interés privado panameñas.

 

Les exhortamos a aprovechar este periodo de moratoria fiscal para ponerse al día en los pagos de tasas e impuestos que tenga pendientes.

 

Si tiene alguna consulta, por favor no dude en dirigirla a avantgarde@avantgardelegal.com.

 

AVANTGARDE | PH Office One, 14th Floor, Office 1406, 58th Street, Bella Vista, Panama, Republic of Panama
T. +507 209-5790 / 209-2795 | e-mail: avantgarde@avantgardelegal.com